Acuerdo Bilateral ....

ACUERDO BILATERAL ENTRE EL CONGRESO GENERAL DE LA CULTURA KUNA

Y EL CENTRO INTERDIPARTIMENTALE DI STUDI SULL’AMERICA INDIGENA (CISAI) DELL’UNIVERSITÀ DEGLI STUDI DI SIENA.

 El Congreso General de la Cultura Kuna, representado en  su  ONG (Instituto de Investigaciones Koskun Kalu), que en adelante se llamará IIKK, y siguiendo las normas que rigen el proceso normal de aprobación de proyectos en Kuna Yala, por una parte; y por otra, el Centro Interdipartimentale di Studi sull” America Indigena (CISAI) interesados en el acercamiento y estudio de algunos aspectos de la Cultura Kuna y canalización de becas de estudio hacia el pueblo kuna,

  Acuerdan:

1.    La importancia de una relación justa, horizontal y enriquecedora que ayude al desarrollo integral y equitativo de las instituciones involucradas.

2.    La riqueza cultural del Pueblo Kuna y las leyes que la protegen, y reconocen igualmente a los profesionales kunas siempre en proceso permanente de profundización de sus valores originales que constituyen el patrimonio de su Pueblo, por una parte; y por otra, el avance de las ciencias sociales que pueden corroborar en una mejor comprensión de los valores kunas por parte de la sociedad occidental para un respeto integral de las culturas.

3.   Que el aislamiento de las culturas no se da en realidad, y forzarlas a vivir en esos tiempos sería debilitarlas y aniquilarlas.

4.   Que una entrega gratuita de datos y documentos kunas a cualquiera institución, sin un equitativo y recíproco enriquecimiento, es un delito enmarcado en la Ley Fundamental y en Estatuto de la Comarca Kuna Yala.

5.    La vigencia de las leyes kunas que protegen el patrimonio del Pueblo Kuna, que establecen la prohibición de apropiarse de los conocimientos kunas por parte de cualquiera persona tanto natural como jurídica, por lo tanto la denegación de publicaciones, estudio y afines sin el consentimiento de autoridades competentes del lugar o de profesionales kunas empeñados en el campo, cuando se trate de conclusiones o datos de su trabajo.

6.   La falta de recursos económicos en que se mueven nuestros profesionales y estudiantes kunas para seguir sus estudios en el exterior.

Convienen:

1.    Intercambiar profesionales con el fin de profundizar sobre varios temas que a cada institución convenga, dentro del marco establecido por las normas kunas e italianas.

2.    La Universidad de Siena apoyará en la publicación de documentos kunas sólo a petición expresa del Congreso General de la Cultura Kuna o a petición de los profesionales kunas involucrados en la investigación de su pueblo y bajo la autorización de sus autoridades propias;

3.   El Congreso General de la Cultura Kuna y la Universidad de Siena podrán acoger respectivamente a los profesionales y estudiantes de la Universidad de Siena y Kunas para profundizar sobre un tema cultural previamente determinado, especificado y acordado con determinación concordadas de los tiempos, modalidades de investigación y limitación de la misma. Los profesionales de la Universidad de Siena quedarán en la Comarca bajo las normas kunas.

4.   La copia de las conclusiones de los estudios que se realicen en la Comarca Kuna Yala por profesionales del CISAI y en Italia por profesionales kunas deberá llegar a los archivos del Congreso General de la Cultura Kuna y del CISAI en los respectivos idiomas del país.

5.   Todos los estudios que se realicen con respecto al Patrimonio Kuna son  derechos reservados del Pueblo Kuna.

6.   El Congreso General de la Cultura Kuna podrán dejar sin efecto este convenio por razones como estas: por la infracción comprobadas de las normas kunas e italianas;  por no dejar las copias completas de los estudios realizados en la Comarca; por la publicación de documentos sin el consentimiento previo y expreso de las autoridades responsables.

  1. IIKK/CGCK y CISAI/Universidad de Siena se comprometen en favorecer la concesión de becas por organismos particulares o estatales a estudiantes y profesionales Kunas y  estudiantes y profesionales de los sectores pertenecientes de la Universidad de Siena también en el marco del convenio y protocolo existente entre la República Italiana y la República de Panamá.

 

Nota explicatoria: Por la particularidad de la comarca Kuna Yala y las comunidades la parte kuna se reserva el derecho de realizar un acuerdo con los estudiantes o profesionales italianos a quienes se les otorga la licencia para investigar en la región.

Dado en la ciudad de Panamá y en Siena , el 1 de julio de 27,  2003

Por el Congreso de la Cultura Kuna                  

Eriberto González / Saila Dummad de la Cultura Kuna

 

Maximiliano Ferrer / Secretario del Congreso de la Cultura Kuna

Por:  CISAI/Centro Interdipartimentale di Syìtudi sull’America Indigena dell’Università di Siena

Antonio Melis / El Director