Goedup-Gannirdup, 23 al 26 de junio de 2005 |
RESOLUCIONES DEL CONGRESO GENERAL KUNA
RESOLUCIÓN
N° 1 –06-05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad
de Goedup, los 23,24,25,26
de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 44 establece
que el Congreso General Kuna, a través de las autoridades y organismos
que para este fin se establezcan, protegerá, conservará y velará por
L utilización racional de los recursos naturales, tales como la flora o
cubierta forestal, la flora, fauna, los suelos, las aguas y las especies
marina, lacustre, y toda biodiversidad, en coordinación con las
autoridades nacionales respectivas y organismos privados. Que
este Congreso General Kuna analizó la extracción y venta desordenada
de cascajo y arena en Kuna Yala, a las empresas constructoras no kuna
que realizan sus trabajos en la Comarca Kuna Yala. RESUELVE: Establecer
como valor mínimo de un tambucho de cascajo a B/. 1.00 y el tambucho de
arena a B/.0.75, para las comunidades de toda la Comarca en la venta a
las empresas constructoras. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE
ARIAS Secretario
General
RESOLUCIÓN
N° 2 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad
de Goedup, los 23,24,25,26
de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 13 establece
que la oficina principal del Congreso General Kuna estará ubicada
preferentemente, por lo tanto, no es obligatorio, en una
comunidad céntrica
de la Comarca Kuna Yala. Que
en el pleno de este Congreso General debatió sobre las posibilidades de
la ubicación de la oficina principal en la Comarca Kuna Yala. RESUELVE: Establecer
como sitio para la oficina del Congreso General Kuna, en el área de la
carretera Llano Gardí. Someter
para su estudio y actualización los artículos importantes al tema. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila Dummad HARMODIO VIVAR Saila Dummad OSPINO PEREZ Saila Dummad ENRIQUE
ARIAS
Secretario General. RESOLUCIÓN
N° 3 – 06 - 05 CONSIDERANDO: Que
la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 122 establece
que toda nave turística (cruceros) que entre en las aguas de la Comarca
Kuna Yala pagará B/.1.00 balboas por persona a abordo, además
de B/.300.00 balboas por el anclaje. El monto podrá ser modificado de
acuerdo a las circunstancias y necesidades comarcales. Que
en el pleno de este Congreso General Kuna analizó los pagos que
establecen el Estatuto de la Comarca Kuna Yala en los artículos 122. RESUELVE: Modificar
el pago de B/.1.00 por persona a B/:2.00 balboas por
persona y de B/.300.00 a B/. 500.00 por anclaje. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario GeneralRESOLUCIÓN
N° 4 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad
de Goedup, los 23,24,25,26
de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 56 establece
que toda actividad lucrativa que se genere de la Comarca Kuna Yala pagará
una contribución al Congreso General Kuna en proporción a su capacidad
económica.. Que
las empresas constructoras realizan actividades lucrativas en la Comarca
Kuna Yala. RESUELVE: Establecer
como contribución por parte de empresas constructoras al Congreso
General Kuna el 1% del costo de cada obra. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario GeneralRESOLUCIÓN
N° 5 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad
de Goedup, los 23,24,25,26
de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
el Estatuto de la Comarca Kuna Yala
establece que el Congreso General Kuna contará con una comisión
permanente de Turismo, la cual tendrá como una de sus funciones
supervisar en nombre del Congreso las actividades turísticas y el
impacto socio-cultural y ambiental que se podrán derivar de las mismas,
además de facilitar el cobro de la contribución de los centros turísticos. Que
en este pleno del Congreso General Kuna se analizó la creación de la
Comisión de Turismo. RESUELVE: Créase
la Comisión de Turismo del Congreso General Kuna, la cual tendrá las
funciones previamente establecidas en el Estatuto de la Comarca Kuna
Yala. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario General RESOLUCIÓN
N° 6 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad
de Goedup, los 23,24,25,26
de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
el pleno del Congreso General Kuna después de recibir el informe de la
Comisión de Estudio de la Fusión de las ONG de los Congresos, formada
de acuerdo a la resolución del Congreso Extraordinario celebrado en la
comunidad de Dad Nacue Dupbir el mes de febrero de 2005. RESUELVE: Dar
paso a una fusión efectiva de las ONG de los Congresos Generales en una
sola entidad técnica de la Comarca Kuna Yala. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005 GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario GeneralRESOLUCIÓN
N° 7 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de
Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que
le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
el Estatuto de la Comarca Kuna Yala en
su artículo 105 establece que “El Congreso General Kuna,
como máxima autoridad de la Comarca Kuna Yala, se sostendrá económicamente
sobre la base de un sistema autónomo y autogestionario” . Que
en este pleno del Congreso General Kuna se analizó la situación
presupuestaria del Congreso
General Kuna. RESUELVE: Destinar
anualmente el 10% del ingreso general del Congreso General
Kuna, para la cuenta de ahorro del Congreso General
Kuna. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario GeneralRESOLUCIÓN
N° 8 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de
Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que
le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
en este pleno del Congreso General Kuna analizó la situación de gastos que
realiza la administración Congreso General Kuna, en el marco de los conflictos que surgen en las comunidades o
entre comunidades de la comarca. Que
en este pleno del Congreso General Kuna se analizó la situación
presupuestaria del Congreso
General Kuna. RESUELVE: En
el caso de los conflictos en las comunidades los Congresos Locales cubrirán
los gastos de la Comisión que se forme con el fin de resolver dichos
conflictos que se surgen en las comunidades o entre las comunidades. Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario GeneralRESOLUCIÓN
N° 9 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de
Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que
le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
Congreso General Kuna ha adoptado una serie de medidas para proteger los
recursos marinos y ordenar la comercialización de mariscos en Kuna Yala.
Que
estas medidas incluyen, entre otras, normas como la veda anual de mariscos, la
prohibición de capturar langosta (dulub) inferiores a cierto tamaño y la de
capturar hembras con huevos. Que
la Ley fundamental de la Comarca (Capitulo IX, de Economía) establece en su
articulo 56 que: “Toda actividad lucrativa que se genere de la Comarca Kuna
Yala pagará una contribución al Congreso General Kuna en proporción a su
capacidad económica. El Estatuto
establecerá el procedimiento para este fin.” Que
el mismo Estatuto (Capitulo VIII- De la economía) establece en sus artículos
120 y 121 que: “Las avionetas de empresas que compran langostas u otros
productos de mar en la Comarca Kuna Yala contarán con el acuerdo de circulación
y de compra de esos productos en la Comarca que deberá ser renovado cada año.”
“Para obtener el acuerdo de circulación y de compra de productos de
mar, las empresas interesadas pagarán 200.00 balboas, quedando
obligadas además, a contribuir con 0.05 centavos por cada libra de producto
que compren en cada vuelo.” Que,
por otra parte, se considera conveniente unificar y ordenar el sistema de
impuestos que cobran las comunidades a la actividad marisquera. Que
es importante establecer un reglamento para la actividad marisquera así como
de adoptar sanciones para quienes incumplan la normativa pesquera. RESUELVE:
Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario General El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de
Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que
le confiere la ley: CONSIDERANDO: Que
el pueblo kuna tiene una cultura en armonía con la naturaleza.
Que
toda persona que llegue a Kuna Yala y los residentes alrededor de Gaigirgordup
deben acatar las normas de la Comarca y reconocer también el valor ecológico
de la diversidad biológica de la isla de Gaigirgordup. Que
uno de los hábitat naturales de Kuna Yala es el sitio de anidación de la
tortuga carey son las playas de la isla Gaigirgordup. RESUELVE:
Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario General RESOLUCIÓN
N° 11 – 06 - 05 CONSIDERANDO: Que
el artículo 54 de la Ley Fundamental de la Comarca Kuna Yala “El Congreso
General Kuna y de la Cultura impedirán, por todos los medios posibles, la
entrada, el tráfico, la posesión, la venta y el consumo de drogas, en
coordinación con las autoridades competentes del Estado.
Que
el artículo 317 del Estatuto de la Comarca Kuna Yala ha previsto “Tanto
como el consumo y la posesión o el tráfico de sustancias ilícitas son
considerados delitos muy graves que violan las normas comarcales y la unidad
del Pueblo Kuna, destruyendo familias y amenazando seriamente a las nuevas
generaciones”. Que
el artículo 318 del Estatuto Fundamental de la Comarca Kuna Yala prevé
“Toda autoridad kuna de la Comarca tendrá como su deber principal el de
proteger, por todos los medio posibles a su alcance, a los miembros de su
comunidad del tráfico y consumo de sustancias ilícitas”. RESUELVE:
Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario GeneralRESOLUCIÓN
N° 13 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de
Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que
le confiere la ley: CONSIDERANDO
:
RESUELVE:
Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario General RESOLUCIÓN
N° 14 – 06 - 05 El
congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de
Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que
le confiere la ley: CONSIDERANDO:
RESUELVE:
Dada
en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005. GILBERTO ARIAS Saila DummadHARMODIO VIVAR Saila DummadOSPINO PÉREZ Saila DummadENRIQUE ARIAS Secretario General |