Goedup-Gannirdup, 23 al 26 de junio de 2005

RESOLUCIONES DEL CONGRESO GENERAL KUNA

RESOLUCIÓN N° 1 –06-05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 44 establece que el Congreso General Kuna, a través de las autoridades y organismos que para este fin se establezcan, protegerá, conservará y velará por L utilización racional de los recursos naturales, tales como la flora o cubierta forestal, la flora, fauna, los suelos, las aguas y las especies marina, lacustre, y toda biodiversidad, en coordinación con las autoridades nacionales respectivas y organismos privados.

Que este Congreso General Kuna analizó la extracción y venta desordenada de cascajo y arena en Kuna Yala, a las empresas constructoras no kuna que realizan sus trabajos en la Comarca Kuna Yala.

RESUELVE:

Establecer como valor mínimo de un tambucho de cascajo a B/. 1.00 y el tambucho de arena a B/.0.75, para las comunidades de toda la Comarca en la venta a las empresas constructoras.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

 

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General                                              


RESOLUCIÓN N°  2 – 06 - 05  

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 13 establece que la oficina principal del Congreso General Kuna estará ubicada preferentemente, por lo tanto, no es obligatorio, en una  comunidad  céntrica de la Comarca Kuna Yala.

Que en el pleno de este Congreso General debatió sobre las posibilidades de la ubicación de la oficina principal en la Comarca Kuna Yala.

RESUELVE:

Establecer como sitio para la oficina del Congreso General Kuna, en el área de la carretera Llano Gardí.

Someter para su estudio y actualización los artículos importantes al tema.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad                                                             

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PEREZ Saila Dummad

ENRIQUE ARIAS Secretario General.                                   


RESOLUCIÓN N°  3 – 06 - 05

  El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 122 establece que toda nave turística (cruceros) que entre en las aguas de la Comarca  Kuna Yala pagará B/.1.00 balboas por persona a abordo, además de B/.300.00 balboas por el anclaje. El monto podrá ser modificado de acuerdo a las circunstancias y necesidades comarcales.

Que en el pleno de este Congreso General Kuna analizó los pagos que establecen el Estatuto de la Comarca Kuna Yala en los artículos 122.

RESUELVE:

Modificar el pago de B/.1.00 por persona a B/:2.00 balboas por persona y de B/.300.00 a B/. 500.00 por anclaje.  

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


RESOLUCIÓN N°  4 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que la Ley fundamental de la Comarca Kuna Yala en su artículo 56 establece que toda actividad lucrativa que se genere de la Comarca Kuna Yala pagará una contribución al Congreso General Kuna en proporción a su capacidad económica..

Que las empresas constructoras realizan actividades lucrativas en la Comarca Kuna Yala.

RESUELVE:

Establecer como contribución por parte de empresas constructoras al Congreso General Kuna el 1% del costo de cada obra.  

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.  

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


RESOLUCIÓN N°  5 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que el Estatuto de la Comarca Kuna Yala  establece que el Congreso General Kuna contará con una comisión permanente de Turismo, la cual tendrá como una de sus funciones supervisar en nombre del Congreso las actividades turísticas y el impacto socio-cultural y ambiental que se podrán derivar de las mismas, además de facilitar el cobro de la contribución de los centros turísticos.

Que en este pleno del Congreso General Kuna se analizó la creación de la Comisión de Turismo.  

RESUELVE:

Créase la Comisión de Turismo del Congreso General Kuna, la cual tendrá las funciones previamente establecidas en el Estatuto de la Comarca Kuna Yala.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


 RESOLUCIÓN N°  6 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que el pleno del Congreso General Kuna después de recibir el informe de la Comisión de Estudio de la Fusión de las ONG de los Congresos, formada de acuerdo a la resolución del Congreso Extraordinario celebrado en la comunidad de Dad Nacue Dupbir el mes de febrero de 2005.

RESUELVE:

Dar paso a una fusión efectiva de las ONG de los Congresos Generales en una sola entidad técnica de la Comarca Kuna Yala.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


RESOLUCIÓN N°  7 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que el Estatuto de la Comarca Kuna Yala  en su artículo 105 establece que “El Congreso General Kuna,  como máxima autoridad de la Comarca Kuna Yala, se sostendrá económicamente sobre la base de un sistema autónomo y autogestionario” .

Que en este pleno del Congreso General Kuna se analizó la situación presupuestaria del  Congreso General Kuna.

RESUELVE:

Destinar anualmente el 10% del ingreso general del Congreso General  Kuna, para la cuenta de ahorro del Congreso General   Kuna.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


RESOLUCIÓN N°  8 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que en este pleno del Congreso General Kuna analizó la situación de gastos que realiza la administración Congreso General Kuna,  en el marco de los conflictos que surgen en las comunidades o entre comunidades de la comarca.

Que en este pleno del Congreso General Kuna se analizó la situación presupuestaria del  Congreso General Kuna.

RESUELVE:

En el caso de los conflictos en las comunidades los Congresos Locales cubrirán los gastos de la Comisión que se forme con el fin de resolver dichos conflictos que se surgen en las comunidades o entre las comunidades.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


RESOLUCIÓN N°  9 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que Congreso General Kuna ha adoptado una serie de medidas para proteger los recursos marinos y ordenar la comercialización de mariscos en Kuna Yala. 

Que estas medidas incluyen, entre otras, normas como la veda anual de mariscos, la prohibición de capturar langosta (dulub) inferiores a cierto tamaño y la de capturar hembras con huevos.

Que la Ley fundamental de la Comarca (Capitulo IX, de Economía) establece en su articulo 56 que: “Toda actividad lucrativa que se genere de la Comarca Kuna Yala pagará una contribución al Congreso General Kuna en proporción a su capacidad económica.  El Estatuto establecerá el procedimiento para este fin.”

Que el mismo Estatuto (Capitulo VIII- De la economía) establece en sus artículos 120 y 121 que: “Las avionetas de empresas que compran langostas u otros productos de mar en la Comarca Kuna Yala contarán con el acuerdo de circulación y de compra de esos productos en la Comarca que deberá ser renovado cada año.” “Para obtener el acuerdo de circulación y de compra de productos de  mar, las empresas interesadas pagarán 200.00 balboas, quedando obligadas además, a contribuir con 0.05 centavos por cada libra de producto que compren en cada vuelo.”

Que, por otra parte, se considera conveniente unificar y ordenar el sistema de impuestos que cobran las comunidades a la actividad marisquera.

Que es importante establecer un reglamento para la actividad marisquera así como de adoptar sanciones para quienes incumplan la normativa pesquera.

RESUELVE:

  1. Adoptar el reglamento de la comercialización de mariscos en la comarca Kuna Yala y establecer tipos de licencias.
  2. Nombrar al Técnico del Registro Pesquero, quien será el responsable en cada comunidad de supervisar, junto a sus autoridades locales, el cumplimiento de las normas sobre recursos marinos.
  3. El Congreso General Kuna coordinará y establecerá una colaboración permanente con las autoridades de las comunidades, las unidades de la Policía Nacional y los funcionarios gubernamentales designados por ANAM y la Autoridad Marítima de Panamá para cumplir el reglamento d la actividad marisquera.
  4. Se adjunta el reglamento que se menciona en el numeral 1. 

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General   


  RESOLUCIÓN N°  10 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que el pueblo kuna tiene una cultura en armonía con la naturaleza. 

Que toda persona que llegue a Kuna Yala y los residentes alrededor de Gaigirgordup deben acatar las normas de la Comarca y reconocer también el valor ecológico de la diversidad biológica de la isla de Gaigirgordup.

Que uno de los hábitat naturales de Kuna Yala es el sitio de anidación de la tortuga carey son las playas de la isla Gaigirgordup.  

RESUELVE:

  1. Declarar a Gaigirgordup y sus alrededores como sitio reservado y protegido para la conservación de la tortuga carey, y arrecifes coralinas basado en la Ley Fundamental (Cap. VII de los Recursos naturales, Art. 43 al 46 y el Estatuto (Cap. XV Recursos naturales, Art. 190) de la Comarca,
  2. Proteger los arrecifes coralinos y otras especies marina que se encuentran alrededor de isla Gaigirgordup. 

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General


  RESOLUCIÓN N°  11 – 06 - 05

  El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

Que el artículo 54 de la Ley Fundamental de la Comarca Kuna Yala “El Congreso General Kuna y de la Cultura impedirán, por todos los medios posibles, la entrada, el tráfico, la posesión, la venta y el consumo de drogas, en coordinación con las autoridades competentes del Estado. 

Que el artículo 317 del Estatuto de la Comarca Kuna Yala ha previsto “Tanto como el consumo y la posesión o el tráfico de sustancias ilícitas son considerados delitos muy graves que violan las normas comarcales y la unidad del Pueblo Kuna, destruyendo familias y amenazando seriamente a las nuevas generaciones”.

Que el artículo 318 del Estatuto Fundamental de la Comarca Kuna Yala prevé “Toda autoridad kuna de la Comarca tendrá como su deber principal el de proteger, por todos los medio posibles a su alcance, a los miembros de su comunidad del tráfico y consumo de sustancias ilícitas”.

RESUELVE:

  1. Queda total prohibido el cobro de parte de las comunidades de la Comarca Kuna Yala como multa en los casos de droga.
  2. Todos los bienes o dinero productos de la droga será confiscado o decomisada de acuerdo al reglamento de cada comunidad.
  3. Crease una Comisión Especial de Droga la cual será integrada por las personas escogidas por Junta Directiva de los Congresos Generales y cuyas funciones serán establecidas por éstas autoridades de la Comarca Kuna Yala.
  4. Todas las disposiciones o reglamentos internos de las comunidades de la Comarca Kuna Yala que son contrarias a la presente resolución que totalmente derogada.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General   


RESOLUCIÓN N°  13 – 06 - 05

 El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

 CONSIDERANDO :

  1. Que el período fijado para el Secretario y Subsecretario del Congreso General Kuna por las normas kuna, es de 2 años.
  2. Que este Congreso General en pleno, siguiendo las normas establecidas, ha elegido a los señores : Lamberto Duque Rivera con cédula N° 10-24-164 y, Germán Hernández Brenes con cédula N° 10-8-671, para secretario y subsecretario del Congreso General Kuna respectivamente.

 RESUELVE:

  1. Nombrar Oficialmente a los señores: Lamberto Duque Rivera y Germán Hernández Brenes como secretario y Subsecretario del Congreso General Kuna Respectivamente.
  2. Divulgar oficialmente este nombramiento por todos los medio de comunicación social y autoridades competentes.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General      


 RESOLUCIÓN N°  14 – 06 - 05

El congreso General Kuna en su sesión ordinaria celebrado en la comunidad de  Goedup, los 23,24,25,26 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere la ley:

CONSIDERANDO:

  1. Que en el último Congreso General celebrado en Gardi Dupbir se destituyó el tesorero y se decidió escoger al nuevo Tesorero.
  2. Que este Congreso General en pleno, siguiendo las normas establecidas, ha elegido al señor: Victorio Victoriano Campos con cédula N° 10-3-814, para Tesorero del Congreso General Kuna.

 RESUELVE:

  1. Nombrar Oficialmente a los señores: Victorio Victoriano Campos, como Tesorero del Congreso General Kuna.
  2. Divulgar oficialmente este nombramiento por todos los medio de comunicación social y autoridades competentes.

Dada en la comunidad de Goedup, a los 26 días del mes de junio de 2005.

GILBERTO ARIAS Saila Dummad

HARMODIO VIVAR Saila Dummad

OSPINO PÉREZ  Saila Dummad         

ENRIQUE ARIAS Secretario General